La licencia de maternidad es un beneficio del que goza toda mujer trabajadora y más aún, es un derecho que tiene toda madre para recuperarse del parto y atender a su bebé durante sus primeros meses de vida.
Esto es algo que se reconoce a nivel internacional y cada país tiene sus particularidades en cuanto al tiempo de descanso que otorga a la madre antes y después del parto, incluso también al padre para que pueda hacerse cargo del bebé en caso de que por condiciones de salud de la madre ella no pueda atenderlo. A continuación te vamos a mencionar algunos de los aspectos más importantes de la licencia de maternidad en Panamá para que lo tengas presente si estás embarazada y estás trabajando.
Importancia de la licencia de maternidad en Panamá
La ley del trabajo debe dar atención especial a las mujeres embarazadas. Es cada vez más frecuente que se presenten casos en los que el empleador tenga a una mujer en condición de embarazo dentro de su nómina pues, tal como te mencionamos en el artículo anterior titulado: madres profesionales, mujeres fuera de serie, hoy en día hay muchas mujeres profesionales en las oficinas ocupando cargos importantes y sensibles para las empresas.
Es por esto que se debe contemplar en la ley una atención especial para ellas, tanto para que puedan recuperarse a su estado de salud previo al embarazo como para que puedan brindar la atención necesaria al recién nacido, lo cual incluye sus primeros cuidados y obviamente, su alimentación que durante los primeros meses debe ser lactancia exclusiva.
¿Cuánto tiempo dura la licencia de maternidad en Panamá?
La licencia de maternidad en Panamá, según la ley, es de 14 semanas, las cuales se distribuyen así: 6 semanas antes del parto y 8 semanas posteriores. Lo que hacen muchas madres es que procuran trabajar hasta el último momento de su embarazo (es decir, no toman las 6 semanas previas) y luego toman las 14 semanas completas después del nacimiento del bebé.
Sin embargo, esta práctica no es legal, pues la ley es clara en cuanto a que las 6 semanas de descanso deben tomarse previas al parto y no posteriores, aunque algunas empresas no cumplan del todo esta norma. En caso de que algo ocurriese la sanción podría ser muy alta para la empresa, así mismo que el riesgo que corren es alto.
Licencia si el bebé nace después de la fecha estimada de parto
Tu licencia de maternidad normalmente comienza a contarse a partir de la fecha estimada de parto que te da tu obstetra, no obstante, si tu parto se atrasa, igualmente contarás con tus 8 semanas completas luego del parto, es decir, se tomará la fecha del nacimiento del bebé, con lo cual si habías tomado la semana previa al parto entonces se ampliará tu descanso prenatal.
Licencia en caso de enfermedad de la madre
Si la madre llega a presentar alguna complicación de salud posterior a su parto entonces las 14 semanas se ampliarán al tiempo que el médico tratante indique que es necesario para el restablecimiento completo de la salud de la madre. Este periodo es remunerado por la caja del seguro social, pero si tú no estás afiliada entonces debe correr por cuenta del empleador quien deberá cubrir el 100% de tu salario, estableciendo como monto de pago el mismo salario que hayas devengado en los últimos 180 días.
¿Qué necesitas para tramitar la licencia de maternidad?
Tu licencia de maternidad debes tramitarla ante la CSS, para ello necesitas llevar contigo los siguientes documentos:
- Cédula o pasaporte original.
- Tarjeta de control original.
- Ficha del seguro social.
- Documento certificado de embarazo proporcionado por tu obstetra.
Este proceso normalmente lo realizas en tu séptimo mes de embarazo, para que con tiempo suficiente estén listas las cartas con el cálculo del salario que devengarás durante tu período de descanso.
Datos importantes que debes conocer
Hay ciertas consideraciones adicionales que debe tener en cuenta tu empleador si tú estás embarazada, y es bueno que lo sepas también de modo que puedas hacer valer tus derechos, a continuación te menciono las más relevantes:
- Una mujer embarazada no puede hacer trabajos que puedan perjudicar su estado, es decir, nada de trabajos que impliquen un esfuerzo físico riesgoso.
- No se le puede pedir que haga horas extra (de hecho tampoco debería hacerlas voluntariamente, según lo establecido en la ley del trabajo).
- En el caso de trabajar en turnos rotativos, no puede hacer turnos nocturnos y al empleador le corresponde hacer los ajustes pertinentes para que solo realices jornadas diurnas.
- La ley del trabajo prohíbe despedir a las mujeres embarazadas por causas injustificadas. En caso de que esto ocurriera, estás en el derecho de que te reintegren y además que te indemnicen por el período que estuviste sin trabajar.
- También tienes inamovilidad laboral durante el primer año de vida del bebé, con las mismas condiciones del embarazo.
¿Qué opinas sobre este tema? ¿Tienes algunas otras dudas sobre la licencia de maternidad que quisieras aclarar?
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